Como unidad de apoyo del Órgano Colegiado, la Coordinación del Servicio Policial de Carrera y Supervisión, llevó a cabo la logística a efecto de instalar de la Comisión del Servicio Profesional de Carrera Policial, con base al Capitulo II, Artículo 21 del ordenamiento del Sistema Integral de Desarrollo Policial del Estado.
En donde de acuerdo al orden del día se puso a consideración del presidente de dicha comisión y de sus integrantes, nueve puntos para su aprobación y seguimiento del mismo en materia de Desarrollo Policial.